Micelio
Auto11 de julio de 2019

A- de 2019

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante Banco De Bogota

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sentencia De Tutela
  • Solicitud de suspensión provisional ante la Corte Constitucional, es improcedente
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Corresponde al juez de primera instancia
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de suspensión de la orden dada en Sentencia T-442/18, formulada por el apoderado judicial del Banco de Bogotá.

Luego de revisar la petición invocada y de constatar que no tiene competencia para conocerla, la Corte decidió RECHAZARLA.

Así mismo, resolvió remitir copia del escrito al despacho de primera instancia, esto es, el Juzgado 77 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá para que, si lo estima necesario, adopte las medidas que considere pertinentes.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. RECHAZAR la solicitud presentada por el Banco de Bogotá, a través de apoderado judicial, el pasado 20 de junio de 2019, con el propósito de que se suspendieran los efectos del ordinal
  2. sexto. de la parte resolutiva de la Sentencia T-442 de 2018.
  3. Segundo. A través de la Secretaría General, REMITIR copia del escrito del Banco de Bogotá al Juzgado 77 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, con el fin de que, si lo estima necesario, adopte las medidas que considere pertinentes, de conformidad con la parte motiva de la presente providencia. Para tal efecto, la Secretaría General de esta Corporación deberá enviar copia de la totalidad del presente Auto.
  4. Tercero. Por la Secretaría General, COMUNICAR la presente providencia al Banco de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoCarlos Libardo Bernal Pulido
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.